El registro o documento
La entrada, la salida, el contrato o el aviso, tal como se generó.
Registro electrónico de jornada, expediente laboral digital y contrato con identidad verificada del trabajador, listos para la reforma laboral que entra en vigor el 1 de enero de 2027.
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Transcripción del video del módulo.
Su identidad se comprueba con su rostro y su identificación, y se valida contra registros oficiales (RENAPO, INE, IMSS y SAT).
Contrato, avisos y documentos firmados por la persona verificada, con su e.firma del SAT si la tiene o con su firma de puño en pantalla, con constancia de quién firmó, qué y cuándo.
Antes de cualquier captura de rostro o ubicación, el trabajador recibe el aviso de privacidad y da su consentimiento expreso.
Entrada, salida y descansos, en la oficina, en campo o a distancia, desde su celular, un dispositivo en el centro de trabajo o la web. Sin reloj checador ni hojas de firmas.
Lo hace el propio trabajador con su identidad verificada; el patrón no puede registrar por él, que es lo que la ley exige para que valga.
Fecha y hora ciertas, atribuido a la persona, y protegido: si alguien intentara alterarlo después, se notaría.
Contrato, identidad, registros de jornada, incidencias y documentos se acomodan solos en el expediente de cada trabajador, ordenados por fecha, y se conservan el tiempo que exige la ley.
Cuando llega una inspección, una demanda o una auditoría no hay nada que reconstruir: eliges periodo, trabajador o centro de trabajo y el expediente sale completo.
El expediente lleva un código QR; quien lo reciba lo escanea y confirma que no ha sido alterado.

Da de alta al trabajador con identidad verificada y contrato firmado, y deja que registre su jornada desde donde esté, sin cambiar cómo trabaja tu gente.
Cada registro de entrada o salida queda certificado en el instante: fecha y hora ciertas, atribuido a la persona, y protegido contra cualquier alteración.
El expediente de cada persona se conserva completo y ordenado, bajo tu control de acceso, durante el plazo legal.
Cuando lo pidan —inspección, demanda, auditoría— el expediente ya existe: lo entregas y quien lo recibe puede comprobar que es auténtico.
La entrada, la salida, el contrato o el aviso, tal como se generó.
El momento exacto en que ocurrió, certificado por un tercero autorizado, no por la empresa.
Atribuido al trabajador que lo realizó, con su identidad verificada.
Si alguien cambia una letra o un minuto después, se detecta.
El comprobante oficial de que se ha guardado íntegro desde ese momento.
Un QR con el que cualquiera comprueba que el expediente es auténtico.
Tecnología detrás de cada pieza: huella digital SHA-256, sello de tiempo RFC 3161, constancia de conservación NOM-151-SCFI-2016 emitida por prestador de servicios de certificación acreditado, verificador público de LEGALTANK. Refuerzo opcional: referencia en cadena de bloques.
El patrón está obligado a llevar un registro electrónico de la jornada de cada trabajador; la reforma entra en vigor el 1 de enero de 2027.
En un juicio, es el patrón quien debe conservar y exhibir estos documentos; si no los tiene, se presume cierto lo que dice el trabajador.
Los registros y firmas electrónicos valen como prueba cuando se acredita quién los hizo y que no fueron alterados.
Reglas del teletrabajo: el registro y el expediente también aplican a distancia.
Multas por no llevar el registro o no exhibirlo.
Cómo debe conservarse un documento electrónico para que se tenga por íntegro desde una fecha cierta.
Aviso de privacidad y consentimiento antes de captar rostro o ubicación del trabajador.
La inspección de la STPS llega y el expediente y los registros ya están listos; no hay nada que reconstruir.
Ver perfil →En una demanda laboral, el registro de jornada se exhibe como prueba plena, con fecha cierta.
Ver perfil →Auditoría de cumplimiento laboral para clientes con personal en varias sedes o a distancia.
Ver perfil →Sí. El trabajador registra desde su celular, un dispositivo en el centro de trabajo o la web, y cada registro queda certificado en ese momento. El checador tradicional solo guarda una hora; no acredita quién la registró ni protege el dato contra cambios.
No la necesita. Firma con su identidad verificada y con su firma de puño trazada en la pantalla del celular o la tableta. La e.firma del SAT es una opción adicional para quien ya la tiene.
Sí. La ley admite los registros electrónicos como prueba cuando se acredita quién los hizo, cuándo, y que no fueron alterados. Eso es exactamente lo que certifica cada registro.
La lista de trabajadores y sus contratos. El alta se hace desde la plataforma y el registro arranca el mismo día.
Antes de captar su rostro o su ubicación, el trabajador recibe el aviso de privacidad y da su consentimiento expreso, como exige la ley de datos personales.
Te mostramos cómo se registra una jornada, qué obtiene cada una de las partes y cómo queda protegida con valor legal desde el primer momento.
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